La penultima putada…

Empiezo así, porque aun no puedo decir que sea la última habida cuenta la capacidad represora que tienen tanto la institución penitenciaria, dirigida por Gallizo, (que en vez de pavonearse con tanto coro y tanto cursos de jardinería podría preocuparse de que la institución funcionara mejor, y sus profesionales hicieran su trabajo como se debe hacer, y dejarse de tanta foto gratuita a costa de los presos) y los JVP (Juzgados de Vigilancia Penitenciaria), que da gusto como funcionan.

Después de 5 meses de recurso, me mandan un escrito enviado por el Equipo de Tratamiento que no deja desperdicio a mi entender de como funcionan por aquí estos represores, unas veces denominados Agentes Sociales, otras Coordinadores de Trabajo. Para la junta, «su idiosincrasia» es darte 12 días por trimestre de redenciones extraordinarias, pro trabajar 8 o mas horas fuera del centro penitenciario. Gracioso porque esa redención es la que te daban hace 10 años por un simple destino de limpieza o porque le cayeras bien a alguien.

Pero encima, los Coordinadores de Trabajo (otro eufemismo) aclaran que «no me hago merecedor de día redención». Claro que como siempre, sin remitir informe de porque, o en base a que.

Y digo esto, porque:

  1. Hace un año, salí en tercer grado. La empresa que dirijo, tenia 1 trabajador. Hoy tiene 9. Salario medio: 1.200 €. Salario mínimo 1.100€. Mas de 4.500€ en seguros sociales / mes.
  2. Hace un año un coordinador vino a verme a la empresa que dirijo. Desde entonces, nadie se ha pasado, ni creo que ninguno de los miembros de ese equipo tan eficiente sepan ni siquiera en que trabajo.
  3. Una vez más, las denegaciones o no concesiones de beneficios, se hacen sin especificar motivaciones, ni aclarar el porque simplemente con coletillas del tipo «se encuentra otra vez cumpliendo condena» y similares.

Para remate las matemáticas les van muy mal, tanto a los de aquí, como al Juzgado.

Redenciones Ordinarias reconocidas desde mi ingreso, a razón de 45 días por trimestre.

  1. Ingreso el día 11 de marzo de 2005. Faltaría de abonar la detención previa hace ya 8 años, y que seria un día.
  2. A día 11 de julio de 2006, suman 16 meses. Gana pues una regla de tres y o la cuenta la vieja. Si ha cada mes le corresponden 15 días de redención, a 16 meses le corresponden, 240 días o su equivalente que son 8 meses. Sumen y les dará 24 meses.

Bueno, pues a día de hoy 11 de julio de 2006, aquí ando, jodido y cabreado. Ahora que me cuenten cual es mi reinserción. ¿Acaso quieren que uno crea en algo llamado Justicia? ¿Acaso se creen que no vemos como es la vara de medir?

En fin, por los días concedidos de permiso para el segundo semestre, ya he podido adivinar que me iré mas o menos, el 11 de septiembre. Increíble. 0 redenciones extraordinarias pese a haber trabajo desde el primer día, -60 días de redención ordinaria, por ineptitud matemática de algún descerebrado que aprobó no se que oposición.

Aquí dejo mi ultimo envío al Juzgado que seguramente no ayudara en mi situación pero era lo menos que podía enviar. (no remito parte que incluía las nominas de todos los trabajadores, por ser algo protegido por la LOPD).

Un saludo a todos.

Alegaciones a la queja A/6 del expediente 576/06 del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria numero 4 de Madrid

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