Falsarios, manipuladores = socialistas
La condición legal para poder obtener la condición «legal» de libertad condicional es según la Ley Orgánica General Penitenciaria vigente en este país la siguiente:
- Que el condenado se halle clasificado en tercer grado de tratamiento penitenciario
- Que el condenado, muestre arrepentimiento por los actos que fue condenado.
- Que el condenado halla abonado las responsabilidades civiles impuestas o la intención de hacerlo en el mas suave de los casos.
A día, de hoy, Iñaki de Juana Chaos, esta condenado por un delito de amenazas, precisamente por no mostrar arrepentimiento, sino por todo lo contrario, amenazar e inducir, a las actividades que le llevaron a la cárcel.
A día de hoy, el condenado, no esta clasificado en tercer grado de tratamiento penitenciario.
Con esto, digo abiertamente al partido en el poder, al gobierno de este país, y a los periodistas de la linea oficial del gobierno, que mienten, que desinforman y sesgan la información.
Hay mas de 20000 presos de los 68000 condenados que cumplen condena, a los que se les exige, de forma administrativa (Administración penitenciaria) y judicial, (Juzgados de vigilancia Penitenciaria y Audiencias Provinciales y Nacionales), el arrepentimiento, el pago de las responsabilidades civiles, y el estar clasificados en tercer grado penitenciario.
Con esto, advertir a los lectores de la falacia gubernamental, y de sus acólitos periodistas.
Por mi parte, me es indiferente, si es libre o no. No es la cuestión pues igual que no me gusta esta decision, tampoco me gusto que asesinos, estafadores, de la mano negra estatal que formo los GAL, esten en libertad, y sus bienes sigan en uso y disfrute de sus ex-propietarios. Para mi la cuestión es el trato discriminatorio y partidista de la situación, y la manipulación interesada de la ley y los medios de prensa, y la discriminación que sufren los presos mal llamados comunes.
Querido Marco, dos incisos.
El primero, que este individuo se encuentra clasificado como segundo grado, que a su vez establece distintos tipos de privación de libertad. En ningún caso tiene concedida libertad condicional, como bien dices porque no cumple ninguno de los requisitos para ello. Evidentemente el tratamiento penitenciario que recibe ahora mismo no es el de estar en un módulo de aislamiento… pero tampoco da saltitos por la calle.
El segundo, que todos los medios de comunicación y los políticos, de izquerdas o derechas, de arriba o de abajo, sesgan la información, y cada cual arrima el ascua a su sardina en función de cómo sople el viento.
También te digo que coincido contigo en que el sistema de justicia dista de ser justo demasiadas veces.
Hoy hay eclipse de luna. Si estás por ahí… Asómate y mira hacia arriba.
Cierto es, pero la verdad como no he visto el AUTO o documento legal (que se supone es super legal) entiendo que la dirección legal hacia la que va es la de libertad condicional, aunque eufemisticamente la llamen prisión atenuada, que es un figura atipica que ni creo este tipificada como tal (esta es una de esas cosas que se sacan de la chistera muchas veces).
De lo que me quejo es que tanto este como otros condenados por los GAL, tienen una iterpretación de la normas juridica que choca frointalemnte comn los miles de resursos de ALZADA que hay en Audiencias Provinciales y Nacionales, respecto de los beneficios penitenciarios, que son tan lesivos para el resto de los presos y tan benignos con otros de caracter politico, o politizados.
Lo de dar botes por la calle tampoco los daran los 25 muertos.
Por cierto, yo estaba en el semaforo contrario cabreado con una taxista que iba picado conmigo. Si no nos llegamos a parar, quizas hoy nop hubiera podidod dar botes en la calle.
Saludos.
Preciso.
El eclipse lo vi en Almazan (Soria) a la luz de una hoguera, junto a unos amigos del PaintBall.
Saludo.s
Marco, lo de «prisión atenuada» no los busques en el ordenamiento jurídico porque creo que no existe. Es más un término periodístico o político.
Entiendo y comparto tus quejas, el sistema mira demasiado la procedencia de cada uno. Y por eso siempre he creido que lo justo es juzgar a alguien por un delito, y no a por todos los anteriores por los que ya ha cumplido pena. Y en este caso el delito era de amenzas, no de 25 asesinatos ya que la pena de ese anterior ya estaba cumplida.
No creo que fuera justo ni razonable que cada vez que tú tengas que acudir a un juzgado te recuerden todos tus antecedentes y te vuelvan a imponer la misma pena varias veces. Y no lo considero justo ni para tí, ni para nadie.
Lo de los saltitos… no era para tomárselo al pie de la letra, hombre. De todos modos, mal debes andar de forma si te apaliza un peseto.
Por eso mismo. Proque la condena no estaba cumplida en la estricta legalidad, ya que el personaje no habia mostrdao arrepentiemiento, que es el que aunque sea de menitra al menos te exigen al resto delos presos.
Pwero vamos, que insisto. Ni me gusta esta jugada, ni la de ver a Vera por la calle, porque a la postre ambos se liaron con lo mismo. La vida humana.
Me gustaria que ese conflicto no existiera, que no hubiera existido.
De lo demas, todos los dias me lo recuerdan, unos con mejor acierto y otras con pero resultado.
Un saludo kodro.